Calculadora de finiquito e indemnización

Cuando terminas en un trabajo, te corresponde tu finiquito (partes proporcionales) y, según el motivo, una indemnización. Calcula aquí cuánto deberías cobrar.

años
meses
días
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Importante: es una estimación en bruto y orientativa. La indemnización por despido improcedente se calcula a 33 días/año; si empezaste a trabajar antes del 12/02/2012, la parte anterior se calcula a 45 días/año (aquí no se contempla). El finiquito real también incluye la parte proporcional de pagas extra y los días trabajados del último mes, que dependen de tu caso. Para el dato exacto, revisa tu contrato y consulta con un abogado laboralista o un sindicato.

Finiquito e indemnización: no son lo mismo

El finiquito es lo que te debe la empresa por lo ya trabajado: la parte proporcional de las pagas extra, las vacaciones que no has disfrutado y los días del último mes. Lo cobras siempre, salgas como salgas.

La indemnización es una compensación extra que solo te corresponde en algunos casos, sobre todo en los despidos. Su cuantía depende del motivo:

¿Y los impuestos?

El finiquito tributa como tu nómina (le retienen IRPF). La indemnización por despido suele estar exenta de IRPF hasta ciertos límites. Aquí mostramos importes en bruto.

¿Cuándo me tienen que pagar el finiquito?

El finiquito se abona en el momento de la extinción del contrato, normalmente junto con la última nómina. Si la empresa se retrasa, puedes reclamarlo. Ten en cuenta que hay un plazo de 1 año para reclamar cantidades pendientes.

¿Debo firmar el finiquito? ¿Y si no estoy de acuerdo?

Firmar el finiquito suele implicar dar por saldadas las cuentas con la empresa. Si no estás conforme con las cantidades, puedes firmar añadiendo a mano "no conforme" junto a tu firma: así dejas constancia de que lo recibes pero que no renuncias a reclamar. Ante la duda, revisa los números con un abogado o sindicato antes de firmar.

¿Cómo afecta el motivo de salida a mi paro?

Es clave: si te despiden (procedente o improcedente), quedas en situación legal de desempleo y puedes cobrar el paro. Si es una baja voluntaria (te vas tú), en general no tienes derecho a la prestación. Por eso el motivo que marques importa tanto, no solo para la indemnización. Puedes ver cuánto paro te correspondería en nuestra calculadora del paro.

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